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Asesoría Regional de Educación Religiosa

 

La Educación Religiosa, es una asignatura del Currículo Educativo Costarricense, creado bajo la Ley N° 21 del  10 de noviembre de 1940, recibiendo propiamente el nombre de Educación Religiosa bajo el Decreto Ejecutivo N°5690-E en 1975, bajo el mandato de Lic. Daniel Oduber Quirós.

La Educación Religiosa es parte del currículo costarricense, convirtiéndola en la asignatura por excelencia abocada a dar promover una educación integral de la persona estudiante principalmente en lo referente a asumir los valores y principios cristianos, en total concordancia con la Ley N° 2160 “Ley Fundamental de Educación” (Cap. I, art. 1 y 2), así como con la Declaración Universales de los Derechos Humanos y los Derechos Universales de los niños y niñas.

En la actualidad, la mediación docente en Educación Religiosa se encuentra orientada con los Programas de Estudio (1996) mismos que fueron actualizados en el año 2005 asumiendo los temas transversales dictados para el quehacer educativo, en los cuales se plantea el proceso educativo desde tres áreas, a saber:

  1. El cristiano en interacción consigo mismo y con su entorno familiar, social,  cultural y religioso, en condición fundamental para su actuar como hijo e hija de Dios.
  2. El cristiano en interacción con la creación y sus posibilidades para la ciencia y la tecnología, desde la perspectiva de su compromiso como colaborador en la obra de Dios.
  3. El cristiano en interacción con la comunidad eclesial como seguir de Cristo y constructor de la civilización del amor.

Desde el espíritu propio de la asignatura de Educación Religiosa contenida en el Programa de estudios (1996-2005) (p.7), se puede destacar grandes propósitos en función de la dignificación de la persona y el compromiso en la construcción del Reino de Dios y la instauración de una cultura de paz, señalando entre esos propósito:

1. Colabora con la formación integral de la persona y enriquece los procesos humano- social de la educación costarricense.

2. Brinda el apoyo religioso, trascendente y cristiano a la cultura costarricense y al proceso educativo.

3. Es una asignatura con características propias en el contexto de la educación.

Efectuando un análisis curricular del Programa Vigente de Educación Religiosa con la Transformación Curricular (2015) y el Plan Integral de Nivelación Académica 2022-2025, se emplaza la validez que goza los planteamientos del Programa de Estudio actualizados desde el 2005, dando la oportunidad que afirmar que pese al voto constitucional 2023-2010, la riqueza contenido en este documento es atemporal y trasciende los postulados teóricos educativos presentados en los últimos años desde el mismo Ministerio de Educación Pública.   

A modo de síntesis, es factible afirmar que hoy más que nunca, la Educación Religiosa es una de las asignaturas del currículo nacional abocado a la construcción de una cultura de paz cimentada en valores, principios y criterios cristianos, imprescindibles para responder asertivamente a los actos de violencia e intolerancia que se vienen gestando en nuestros Centros Educativos y en la sociedad en general.

En la Dirección Regional de Educación de Alajuela, actualmente se encuentran laborando como docentes de Educación Religiosa un total de 120, de los cuales 87 se encuentran laborando en primaria y 33 laboran en secundaria.

Desde la Asesoría Regional de Educación Religiosa, en el Departamento de Asesoría Pedagógica, se desarrollan las labores de asesoramiento y evaluación pedagógica y hebegógica propias de la asignatura de Educación Religiosa, promoviendo el desarrollo de capacidades en las personas docentes que deben responder al desarrollo y las necesidades del contexto. Así mismo, compete a la asesoría apoyar los aspectos curriculares de los programas de estudio de Educación Religiosa en primaria y secundaria, mismos que se planifican desde la  metodología praxeológica para el fortalecimiento de los valores cristianos, en orientación ecuménica y de diálogo inter religioso.

Entre las funciones  propias de la Asesoría en función de las personas docentes, se aciertan:

  1. Velar para que el personal docente, desarrollen adecuadamente los planes y programas de estudio vigentes, en todos los ciclos, niveles y modalidades.
  2. Mantener un diagnóstico actualizado sobre las necesidades de capacitación y actualización del personal docente.
  3. Revisar y actualizar, al inicio de cada curso lectivo, el Programa Regional de Asesoría Pedagógica, de acuerdo con las necesidades regionales.
  4. Evaluar la ejecución y los resultados obtenidos del Programa Regional de Asesoría Pedagógica y emitir los criterios técnicos necesarios.
  5. Promover la realización de foros, encuentros y actividades regionales para el intercambio de experiencias pedagógicas de su especialidad, prácticas de mediación y el uso de materiales y recursos de apoyo entre el personal docente de la región.
  6. Promover la educación intercultural propiciando un modelo de educación integral, en armonía con el medio ambiente y respetuoso de la equidad género, así como de la diversidad cultural, social, orientación sexual y origen étnico, como instrumentos para enfrentar la discriminación en todas sus manifestaciones.
  7. Diagnosticar los problemas que puedan afectar el desempeño del personal docente y hacer las recomendaciones pertinentes.
  8. Proponer el empleo de guías y material didáctico, recursos metodológicos y técnicos y cualquier otro instrumento para el mejoramiento de la enseñanza de ERE.
  9. Visitar centros educativos de su jurisdicción, para observar el desarrollo de las lecciones.
  10. Instruir al personal docente acerca de la interpretación y aplicación de programas, métodos, material didáctico, planeamiento y evaluación del trabajo escolar.
  11. Asesorar al personal docente, referente a las técnicas y medios de prevenir, detectar y diagnosticar en las personas estudiantes las necesidades educativas especiales y aplicar técnicas que permiten fortalecer su aprendizaje.
  12. Crear y adaptar instrumentos tales como: guías, métodos y técnicas que se requieren para la atención de la población estudiantil.
  13. Realizar otras funciones y tareas relacionadas con ERE, encomendadas por las autoridades superiores del Ministerio de Educación Pública. (Resolución DG-252-2010)