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El Programa Nacional de Convivencia en los Centros Educativos está fundamentado en el Decreto No. 36779-MEP desde el 30 setiembre del 2011.

Posteriormente, el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes incorporó la temática de Convivencia en capítulo 1, sección 1 de la siguiente manera:

"Artículo 1°.-Objeto. Las presentes disposiciones reglamentarias tienen como fin regular el proceso de evaluación de los aprendizajes y la implementación del sistema de convivencia estudiantil en el sistema educativo costarricense, sin perjuicio de la normativa que regula el acceso a la educación de la persona estudiante que requiere apoyos educativos".

Es necesario recalcar que este programa involucra a toda la comunidad educativa y se debe contextualizar de acuerdo a la realidad institucional. Por su parte, cada centro educativo deberá conformar un grupo para liderar y articular la implementación de las acciones para mejorar la convivencia; en el mismo es necesaria la participación estudiantil.  Las acciones relacionadas  con este programa debe estar incluidas en el Plan Anual de Trabajo del centro educativo.

Se recuerda la existencia de un Equipo Regional del Programa Nacional de Convivencia:

Portada con nombres de personas integrantes del equipo regional de convivencia